La Ley de Elecciones Regionales Nro. 27683 señala en su artículo 12 inciso 1 que las lista de candidatos a las regiones del país deben incluir en su relación a las consejerías una cuota de género de hombres y mujeres en un 30% como mínimo, estando ahora las 19 agrupaciones políticas en la región Puno obligados a contar con mujeres en sus listas.
Invitamos a nuestros usuarios a que lean la noticia completa publicada el 5 de julio de 2014
La Ley de Elecciones Regionales Nro. 27683 señala en su artículo 12 inciso 1 que las lista de candidatos a las regiones del país deben incluir en su relación a las consejerías una cuota de género de hombres y mujeres en un 30% como mínimo, estando ahora las 19 agrupaciones políticas en la región Puno obligados a contar con mujeres en sus listas.
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