Erika Brockmann
iKNOW Politics: Me gustaría comenzar preguntándole acerca de su carrera política. ¿Cuándo empezó y qué la inspiró a participar? ¿Qué oportunidades y obstáculos ha encontrado en la política como mujer?
Ya en la escuela secundaria y desde mi ingreso a la carrera de Psicología, tuve oportunidades de asumir responsabilidades como representante de curso y dirigente universitaria. También participé en el ciclo de conferencias preparatorias del Año Internacional de la Mujer, así como en actividades complementarias relacionadas con las artes escénicas y plásticas.
Sin embargo, el hecho de experimentar la restricción de oportunidades por ser mujer, en una sociedad predominantemente conservadora y machista como la de Cochabamba, fue lo que me obligó a buscar respuestas para explicar la discriminación, a veces sutil y otras veces grosera, que vivía personalmente. Esa era una realidad pese a que vivía en un entorno familiar con visiones más liberales, liderado por una mujer con el carisma de mi abuela materna, empresaria e innovadora para su tiempo. Ese fue el principio.
Las lecturas de Simone de Beauvoir, el poema Nacer hombre de Adela Zamudio, así como el reconocimiento de los derechos civiles y políticos de las mujeres, fueron referencias ineludibles para responder a estas tempranas inquietudes.
A ello se sumó el hecho de que en Canadá, como estudiante de intercambio, tuve la oportunidad de acceder a corrientes del pensamiento feminista de la segunda ola y a movimientos generacionales políticos de la época. Estas fueron las semillas que determinaron que, más tarde, me comprometiera con los movimientos emancipadores de las mujeres y la acción política. Era un tiempo en el que resultaba difícil escapar a la influencia de una generación altamente politizada, que vivía en el contexto de la Guerra Fría, del debate ideológico inspirado en los movimientos juveniles libertarios, descolonizadores, así como de la Teología de la Liberación, que tocó las puertas de la iglesia Católica.
Ingresé a la universidad en tiempos de dictadura y, desde un principio, formé parte de la dirigencia que luchó por restituir la autonomía universitaria e interpeló al militarismo autoritario. Allí establecí mis primeros contactos políticos en la clandestinidad.
Como estudiante de Psicología, trabajé en un centro infantil de atención a niños, niñas y adolescentes que tenían, como se dice ahora, «capacidades diferenciadas» debido no solo a lesiones de origen genético, sino, sobre todo, a traumatismos neurológicos pre y posnatales prevenibles, asociados a la pobreza y a la falta de acceso a servicios de salud materno infantil. Me afectaba mucho el drama de las familias que vivían estas experiencias.
Entonces, constaté la importancia de las políticas públicas como esencia de las definiciones y acciones políticas, frente al insuficiente impacto del voluntariado asistencial. Y es que la política es el campo de acción y la vía regia para revertir problemas socioeconómicos que derivan en malestar social debido a la pobreza y la desigualdad que todavía golpea a nuestros países.
En ese momento, decidí militar en el Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), partido alineado a la socialdemocracia, cuyo Frente de Mujeres comenzó a lanzar una línea política e ideológica que reivindicaba la participación política de las mujeres, en una agenda dentro y fuera del partido. Esta dinámica de reflexión y análisis sobre la problemática de las mujeres desde una nueva perspectiva se desarrollaba a la par que la lucha por recuperar la democracia.
Me considero parte de la generación que posibilitó la conquista de la democracia, que pronto cumplirá 30 años de vigencia ininterrumpida. Una democracia que, con sus luces y sombras, explica, por un lado, el colapso del sistema de partidos —entre ellos el mío propio—, y por otro lado, los avances de este nuevo tiempo de reformas de Estado, que permiten cristalizar procesos de inclusión a la vida política de sectores antes excluidos.
Respecto a los obstáculos, no quiero mencionar los lugares comunes a los que nos remite esta respuesta. Subrayo, sin embargo, algunos. Es el caso del conflicto de roles y expectativas respecto a lo que se espera tradicionalmente de las mujeres, de dilemas existenciales, del miedo al «éxito» y a las oportunidades que me abrían un horizonte emancipador, que anhelaba y temía a la vez.
Otro aspecto inhibidor y limitativo está relacionado con el hecho de que la irrupción de las mujeres en la política coincidió con un contexto generalizado de desprestigio de la actividad política en tanto oficio y vocación. Cuestionamiento que, desde el comunitarismo y el colectivismo participativo, alcanza a la propia democracia representativa.
Otro factor limitativo del despliegue de potencialidades del ejercicio político reside en la naturaleza patriarcal y la lógica «macho» presentes en la competencia en espacios políticos poco institucionalizados, informales, en los que campea el caudillismo masculino y el prebendalismo clientelar, y en los que está arraigada una cultura política autoritaria, basada en la lógica amigo-enemigo. Las limitaciones financieras en los procesos electivos internos partidarios y en las campañas electorales colocan a las mujeres en situaciones particularmente desventajosas.
Por otra parte, debemos ser conscientes de que los errores y traspiés se pagan caro, y de que la demanda de «lealtad» absoluta tiene implicaciones particulares para las mujeres políticas. En contextos de polarización política, las mujeres son presionadas a demostrar su lealtad asumiendo roles de «disciplinamiento» a veces autoritarios, poco reflexivos, que inhiben la potencia transformadora, propositiva y democrática de su participación.
Las oportunidades las resumiré en la siguiente pregunta.
iKNOW Politics: En los últimos años, en Bolivia se han producido avances en pro de la igualdad de género que han marcado importantes precedentes a nivel internacional. ¿Podría decirnos cuáles han sido los factores más relevantes que han posibilitado estos cambios, en especial en lo que se refiere a la participación política de la mujer?
En Bolivia y en la región, a partir de la década de 1970 hasta mediados de la década de 1990 maduraron las condiciones que posibilitaron el diseño de un horizonte de transformaciones y de una agenda política de avances que las mujeres celebramos, y que tienen su mejor expresión en las disposiciones que, de manera inédita, se incorporaron en el nuevo texto constitucional y en las leyes fundamentales derivadas de este.
Con los avances democráticos como telón de fondo, estos logros responden al impacto favorable y convergente de impulsos gestados en distintos espacios. Me refiero, por un lado, a la academia, con el aporte de distintas corrientes del pensamiento teórico feminista; y por otro lado, al rol persistente de la comunidad internacional que, a nivel global, logra posicionar una agenda de reivindicaciones que se instalan en los espacios no gubernamentales y se irradian hacia el espacio estatal en distintos gobiernos.
Estos impulsos cobraron cuerpo a partir del activismo de las propias mujeres, quienes, con una mira plural, táctica y estratégica, logramos pactar e incidir de manera sostenida en torno a una agenda política de cambios que evolucionaron y avanzaron en estos últimos 15 años. Con el tiempo, este pacto inicial se fortaleció y amplió con la emergencia, el empoderamiento y la adhesión de dirigencias femeninas de organizaciones sociales de sectores populares y campesinos indígenas, que devinieron en protagonistas del proceso de reformas políticas y económicas en curso.
iKNOW Politics: El concepto de paridad en política aún no está muy extendido en América Latina. Usted ha trabajado mucho sobre el tema. Nos gustaría que nos explique por qué la paridad es fundamental y cuáles son las diferencias más relevantes con relación a otras medidas de acción afirmativas, como por ejemplo las cuotas.
El caso boliviano sorprende por los notables avances en materia normativa electoral que se registran desde 1997 hasta el 2010, año en el que, como detallaré en la siguiente pregunta, no solo concluye una fase que consolida el principio de paridad en los procesos electorales de autoridades electivas, sino que se amplía a la conformación de otros órganos del Estado
La importancia del principio de la paridad y la «equivalencia» radica en que honra y repara la histórica injusticia que excluyó y marginó a las mujeres de los procesos constitutivos del Estado boliviano. Si bien las mujeres participaron y tuvieron presencia en las luchas independentistas y en otros momentos clave como la Revolución Nacional y la conquista democrática, fueron las grandes ausentes en el tiempo en que se reorganizó y se legitimó el Estado en Bolivia. Esta exclusión de las mujeres en la configuración de los Estados modernos, que se produjo desde la propia Revolución Francesa, traicionó los principios de libertad, igualdad y fraternidad, así como la universalización de derechos ciudadanos, que comienzan a reconocerse a partir de finales del siglo XIX.
Es curioso que, en el caso boliviano, haya sido sostenido y creciente el proceso de legitimación y apropiación de este principio fundamental, como un valor compartido por la sociedad. La estrategia para lograr el reconocimiento de la paridad usó, de manera efectiva, los mismos argumentos que quienes se opusieron a la implantación del sistema de cuotas mínimas, cuando discursivamente insistían en que era injusto implantar cuotas mínimas de 30% cuando las mujeres representan al 50% de la población.
Conceptualmente, por su alcance y consecuencias prácticas en el ordenamiento y la redistribución del poder público, la paridad no es comparable con una política de acción afirmativa basada en cuotas mínimas de participación. Estas últimas constituyen medidas planteadas como transitorias, con el objeto de revertir asimetrías y desigualdades de alguna naturaleza en las oportunidades de ejercicio de distintos derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
En cambio, la paridad es concebida como un principio de valor permanente, en tanto es garante del ejercicio pleno de los derechos políticos y otros reconocidos en la Constitución y las leyes. En términos de ingeniería electoral, las cuotas enfrentan serias limitaciones operativas para lograr resultados mínimos esperados; la mayor dificultad la impone el sistema mixto proporcional y directo de elecciones. En el caso boliviano, la implantación de las cuotas mínimas y sus resultados fue minimizada debido al impacto de la reforma electoral simultánea, que priorizó e introdujo el sistema de elección directa de algo más de la mitad de representantes del Poder Legislativo.
Entre 1997 y el año 2002, la evaluación de los resultados de la implantación de cuotas mínimas nos llevó a la convicción de que, para acelerar el proceso efectivo de participación de las mujeres, debía apuntarse a la paridad y al mecanismo de la alternancia. La paridad fue legislada por primera vez luego de la reforma constitucional de febrero del 2004, al mismo tiempo en que se promulgó la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, al abrirse el sistema de representación a organizaciones políticas no necesariamente partidarias.
La paridad es una conquista que siempre estuvo en el horizonte de las transformaciones pendientes de incorporar en la agenda de reformas políticas y electorales vislumbradas por el movimiento de mujeres. Ahora bien, aun con la paridad, resulta difícil garantizar que los resultados electorales reflejen una presencia efectiva del 50% de mujeres en escaños titulares. El 50% se produce contabilizando los escaños correspondientes a los representantes electos alternos o suplentes, reconocidos por el ordenamiento legal en Bolivia, a los que las mujeres acceden con preferencia en el marco del sistema directo de elección uninominal.
iKNOW Politics: Siguiendo con el tema de la paridad, Bolivia es uno de los pocos países en los que está legislada. ¿En qué niveles se encuentra normativizada la paridad y cuáles son los mecanismos de sanción que prevé el marco jurídico en caso de incumplimiento?
A partir de la convocatoria a la Asamblea Constituyente, en el año 2006, el postulado de la paridad ganó terreno y creciente legitimidad social y política. Este posicionamiento tiene como desenlace la aprobación de un nuevo texto constitucional y leyes orgánicas derivadas que sientan las bases jurídicas del Estado Plurinacional con Autonomías, cuyos cuatro órganos o poderes y niveles de gobiernos territoriales subnacionales deben estructurarse sobre los principios de la paridad de género.
El siguiente es el itinerario de la implantación normativa y sus alcances:
2006: Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, Ley N.º 3364, del 6 de marzo de ese año. Establecía que en la postulación de constituyentes debía existir alternancia tanto en la lista de uninominales (lista abierta) como en la de plurinominales (listas cerradas).
2009: Constitución Política del Estado (CPE), aprobada por Referéndum Constitucional Ratificatorio y promulgada el 7 de febrero del mismo año. En el capítulo correspondiente a los Derechos Políticos, establece que «Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva». La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. En cuanto a la elección de miembros del Órgano Legislativo, se dispone que «debe garantizar la igual participación de hombres y mujeres».
2009: Ley de Régimen Electoral Transitorio, Ley N.º 4021, del 14 de abril del 2009. Señala que la participación ciudadana deberá ser equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. En su artículo noveno, establece que «Las listas de candidatas y candidatos a Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados titulares y suplentes; a Asambleístas Departamentales, Consejeros Departamentales, Concejales Municipales y autoridades en los municipios deberán respetar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, de tal forma que exista un candidato titular varón seguido de una candidata titular mujer, una candidata mujer suplente y un candidato suplente varón o viceversa. En el caso de diputaciones uninominales, la alternancia se expresa en diputados titulares y suplentes en cada circunscripción».
2009: Conforme a lo establecido en la CPE desde enero del año 2010, se aplica el criterio de paridad de género para la conformación del gabinete ministerial; el responsable de la designación ministerial es el Presidente o Jefe de Estado.
2010: Las leyes estructurales de los órganos Electoral y Judicial del Estado Plurinacional establecen la composición igualitaria y paritaria de hombres y mujeres. Se aplica el principio de equivalencia de género e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para el ejercicio de sus derechos tanto individuales como colectivos.
Es en la Ley del Órgano Electoral que se hace explícito el postulado electoral de paridad y alternancia en los siguientes términos: «Consiste en la aplicación obligatoria de la paridad y alternancia en la elección y designación de todas las autoridades y representantes del Estado; en la elección interna de las dirigencias y candidaturas de las organizaciones políticas; y en la elección, designación y nominación de autoridades, candidaturas y representantes de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos mediante normas y procedimientos propios».
En la Ley del Órgano Judicial, en el capítulo correspondiente a la postulación y preselección de candidatos a los máximos institutos del Órgano Judicial, se establece que «La Asamblea Legislativa Plurinacional, por el voto de dos tercios de sus miembros presentes, realizará la preselección de las y los postulantes, habilitando hasta cincuenta y cuatro precalificados, por circunscripción departamental, para el Tribunal Supremo de Justicia; para el Tribunal Agroambiental, habilitará hasta veintiocho precalificados, por circunscripción nacional, en ambos casos la mitad de personas precalificadas deberán ser mujeres; y remitirá las nóminas al Órgano Electoral Plurinacional. En ambos casos se respetará la interculturalidad y equivalencia de género».
En todos los casos de designación de vocales y jueces se garantizará la equivalencia de género y la plurinacionalidad.
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización establece el marco normativo correspondiente a la estructuración de los gobiernos subnacionales del Estado con Autonomías. Es coherente con el postulado de paridad. Obliga a que los regímenes estatutarios departamentales y las cartas orgánicas de los municipios autónomos se adecúen a los principios constitucionales, y el sistema electoral facilite la inclusión del principio de paridad.
Los sistemas electorales subnacionales han privilegiado las candidaturas de elección directa uninominal, lo cual disminuye la posibilidad de acceso de las mujeres a escaños titulares.
Algunas cifras resultantes de la implantación de la paridad en Bolivia son las siguientes:
En el Órgano Legislativo: Las mujeres ocupan el 23% de los escaños titulares de la Cámara de Diputados y el 44% de los escaños de la Cámara de Senadores. En las asambleas departamentales, las mujeres tienen una presencia del 28% en los escaños titulares. A la fecha, ambas cámaras legislativas están presididas por mujeres.
En el Órgano Electoral: Se cumple con la paridad según lo dispuesto en la ley respectiva. Destaca una participación mayoritaria de vocales electorales mujeres como presidentas tanto del Tribunal Nacional como de los nueve tribunales departamentales.
En el Órgano Judicial: Se cumplió con el principio de paridad. En el Consejo de la Magistratura, dos de cinco titulares son mujeres. En el Tribunal Agroambiental, tres de siete magistrados son mujeres. En el Tribunal Constitucional, cuatro de siete magistrados titulares son mujeres. Y en el Tribunal Supremo de Justicia, tres de nueve magistrados son mujeres; se cumple con la paridad en los espacios correspondientes a suplencias.
En el Órgano Ejecutivo: Desde el año 2010, el gabinete ministerial tuvo momentos en los que las mujeres ocuparon el 50% de los ministerios. Últimamente, se observó una disminución en esta composición; sin embargo, las mujeres ocupan carteras de Estado relevantes, como las de Comunicaciones, Justicia, Planificación, Producción, Autonomías, Transparencia y Agricultura.
iKNOW Politics: En mayo del 2012, finalmente se aprobó la ley boliviana referida el acoso y la violencia contra la mujer en la política. ¿Cuáles son los puntos más resaltantes y positivos de esta ley? ¿Cuáles son los retos para lograr su implementación?
La Ley contra el Acoso y la Violencia Política, Ley N.º 243, define y sanciona los actos de acoso y la violencia política contra las mujeres como delitos y faltas. Entre estos actos, se reconocen los siguientes:
- Proporcionar a las mujeres candidatas o autoridades información errada o imprecisa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones.
- Imponer, por estereotipos de género, la realización de tareas ajenas a las atribuciones de su cargo.
- Impedir que mujeres designadas o electas titulares o suplentes asistan a sesiones en las cuales se tomen decisiones importantes.
- Divulgar información personal y privada de las mujeres candidatas, electas, designadas, con el objetivo de menoscabar su dignidad y obtener, contra su voluntad, la renuncia o licencia al cargo que ejercen o postulan.
- Presionar a las autoridades o inducirlas a la renuncia, u obligarlas, mediante la fuerza o la intimidación, a suscribir documentos y/o a avalar decisiones contrarias a su voluntad o al interés público. Discriminarlas por cualquier razón como embarazo, idioma, vestimenta, grado de instrucción o apariencia.
La Ley contra el Acoso y la Violencia Política define los mecanismos para denunciar y tratar estos casos. Establece la vía administrativa y la penal, de acuerdo con la gravedad de los hechos.
- En la vía administrativa, se contemplan sanciones para faltas leves, graves y gravísimas. Estas van desde la amonestación hasta los descuentos de salario y la suspensión temporal sin goce de haber hasta por 30 días.
- En la vía penal, la sanción contempla la pena privativa de libertad de dos a cinco años en casos de acoso, y de tres a ocho años en casos de violencia política (agresiones físicas y psicológicas).
Asimismo, esta ley establece las responsabilidades que tienen tanto las instancias públicas como las organizaciones sociales y políticas en el campo de la prevención y sanción de diversas formas de acoso y violencia política contra las mujeres, que se encuentran tipificadas.
Lo relevante es que, luego de 11 años de avances y retrocesos en el tratamiento de esta norma, aprendimos muchas lecciones que deberían tomarse en cuenta en el futuro. La primera está relacionada con el impacto dilatorio que tiene la polarización política y los posicionamientos personalistas para el avance de una agenda política mínima de las mujeres. Otra lección hace referencia a los procesos consultivos redundantes, que hacen del proceso legislativo y de la propia ley un producto overcooked (sobrecocido), desperdiciando una energía que bien podría orientarse hacia su socialización y al cabildeo imprescindible para concretar su reglamentación y su aplicación efectiva. Por ello, es necesario reenfocar las estrategias de incidencia, colocando el acento en los eslabones débiles de la gestión pública y del conjunto de instituciones involucradas en su cumplimiento, especialmente las del órgano judicial.
iKNOW Politics: Las buenas alianzas y las redes son muy importantes en la política. iKNOW Politics es tanto una red como un recurso para otras redes. ¿Qué tipo de papel han desempeñado las alianzas y redes en su carrera?
Los pactos o alianzas fueron, son y serán un factor clave para el despliegue de una estrategia de incidencia exitosa. En efecto, el primer paso fue la articulación de un conjunto de mujeres políticamente plurales, parlamentarias, militantes de los partidos políticos e integrantes de organizaciones no gubernamentales (ONG). En un primer momento, la articulación se generó en torno al Foro Político de Mujeres, y gracias al apoyo y el liderazgo de las mujeres que conducían la por entonces Subsecretaría de Asuntos de Género en los ámbitos nacional y subnacional.
Fue en el entramado de esta red donde se formuló, concertó y monitoreó una agenda legislativa mínima de reformas legales y políticas, originalmente no contempladas ni priorizadas por los núcleos de dirigentes y operadores políticos —masculinos— del sistema político. El movimiento ganó presencia a nivel nacional, hasta visibilizarse como una fuerza unitaria y vigorosa antes, durante y después del proceso de reformas constitucionales que cerraron el ciclo virtuoso de este pacto, que considero exitoso pero agotado. Es un pacto que deber ser renovado para encarar los nuevos desafíos que plantean estas conquistas en el orden normativo.
Desde la experiencia boliviana y desde mi propia perspectiva, puedo afirmar que las alianzas y redes son una condición imprescindible para generar estrategias exitosas.
Dada la importancia de la acción coordinada, y a partir de la experiencia boliviana, resumo algunos criterios que se deben tomar en cuenta como referencia imprescindible para el éxito de estas agendas concertadas, en el marco de las alianzas y redes que se constituyen..
- Los pactos y alianzas no necesariamente son permanentes, sino que se agotan y se cierran ciclos. Deben renovarse planteándose nuevos retos y desafíos.
- Son importantes el pluralismo y la apropiación colectiva de los acuerdos y logros. Ello obliga a evitar protagonismos o la instrumentación unilateral de personas o grupos que malogran el clima de relaciones políticas al interior de estas coaliciones y redes.
- Los avances de las mujeres contaron con un núcleo de conducción y activistas a quienes se les encomendó la planificación de los procesos de negociación, la elaboración de la fundamentación técnica y política de las propuestas, su socialización, así como el diseño de acciones colectivas de incidencia, creativas y sostenidas, en diferentes fases del proceso.
- En términos de escala, se trató de la acción de una minoría efectiva, constituida por mujeres diversas. Fue clave el rol que jugaron parlamentarias y constituyentes, y el apoyo especializado de redes de ONG comprometidas con esta agenda. Es el caso de la Coordinadora de la Mujer, de Articulación de Mujeres por la Equidad e Igualdad (Amupei) y otras redes ya constituidas que cuentan con trayectoria y recursos financieros para sustentar estas acciones.
- Las agendas políticas de incidencia no deben ser ampulosas ni imposibles de realizar. Deben ser concretas, claras, amigables en su procesamiento y accesibles para ser acogidas por los centros de decisión política, a veces reticentes a las demandas de igualdad de las mujeres. Los avances se debieron al sentido pragmático, realista y no «maximalista» que se asumió a lo largo del proceso.
- Es imprescindible identificar y contar con aliados y operadores conectores —mujeres y hombres— en los distintos bloques de decisión política, así como en los medios de comunicación.
iKNOW Politics: ¿Cómo le gustaría ser recordada? ¿Qué tipo de legado desea dejar, especialmente en lo que se refiere a la promoción de las mujeres en política?
Como parte de una generación política de mujeres que abrió brecha y dejó algunas huellas en la construcción de la democracia y en su fortalecimiento a partir de la inclusión de las mujeres. Como alguien que, en este empeño, cometió errores y tuvo aciertos, y que, ante todo, actuó de buena fe y resistiéndose a caer en prácticas autoritarias y deshonestas, tan frecuentes en la cultura política.
Si bien no siempre se valora y se visibiliza el legado legislativo en el que participé activamente, yo atesoro algunas leyes y procesos impulsados que demandaron creatividad y mucha dedicación. Destaco las leyes de Municipalidades, de Diálogo Nacional, de Partidos Políticos, de Merienda Escolar e Institucional, y de Fomento de la Producción Local Alimentaria. En todas ellas, se pensó en los beneficios directos e indirectos para mejorar las condiciones de vida de las mujeres en el campo y la ciudad.
Quiero ser recordada como fundadora del Centro de Promoción de la mujer Gregoria Apaza, ONG que el próximo año cumplirá 30 años de vida y goza de reconocimiento local, nacional e internacional. Como impulsora de la Coordinadora de la Mujer y del Foro Político de Mujeres, que en determinado momento asumió un papel protagónico en la definición de estas conquistas ya logradas.
Ojalá se reconozca que, pese a haber cerrado un ciclo de activismo político, persisto en el empeño de compartir experiencias con la nueva generación de lideresas. Intento reinventarme como persona, y estoy abierta a conocer y comprender nuevas realidades y desafíos. Ello implica hacer el esfuerzo de no refugiarme nostálgicamente en el pasado.
En fin, modestia aparte, me gustaría ser recordada como alguien que no conoce la palabra jubilación cuando se trata de luchar y asumir un rol activo en causas justas y democráticas que nos siguen inspirando.
iKNOW Politics: Me gustaría comenzar preguntándole acerca de su carrera política. ¿Cuándo empezó y qué la inspiró a participar? ¿Qué oportunidades y obstáculos ha encontrado en la política como mujer?
Ya en la escuela secundaria y desde mi ingreso a la carrera de Psicología, tuve oportunidades de asumir responsabilidades como representante de curso y dirigente universitaria. También participé en el ciclo de conferencias preparatorias del Año Internacional de la Mujer, así como en actividades complementarias relacionadas con las artes escénicas y plásticas.
Sin embargo, el hecho de experimentar la restricción de oportunidades por ser mujer, en una sociedad predominantemente conservadora y machista como la de Cochabamba, fue lo que me obligó a buscar respuestas para explicar la discriminación, a veces sutil y otras veces grosera, que vivía personalmente. Esa era una realidad pese a que vivía en un entorno familiar con visiones más liberales, liderado por una mujer con el carisma de mi abuela materna, empresaria e innovadora para su tiempo. Ese fue el principio.
Las lecturas de Simone de Beauvoir, el poema Nacer hombre de Adela Zamudio, así como el reconocimiento de los derechos civiles y políticos de las mujeres, fueron referencias ineludibles para responder a estas tempranas inquietudes.
A ello se sumó el hecho de que en Canadá, como estudiante de intercambio, tuve la oportunidad de acceder a corrientes del pensamiento feminista de la segunda ola y a movimientos generacionales políticos de la época. Estas fueron las semillas que determinaron que, más tarde, me comprometiera con los movimientos emancipadores de las mujeres y la acción política. Era un tiempo en el que resultaba difícil escapar a la influencia de una generación altamente politizada, que vivía en el contexto de la Guerra Fría, del debate ideológico inspirado en los movimientos juveniles libertarios, descolonizadores, así como de la Teología de la Liberación, que tocó las puertas de la iglesia Católica.
Ingresé a la universidad en tiempos de dictadura y, desde un principio, formé parte de la dirigencia que luchó por restituir la autonomía universitaria e interpeló al militarismo autoritario. Allí establecí mis primeros contactos políticos en la clandestinidad.
Como estudiante de Psicología, trabajé en un centro infantil de atención a niños, niñas y adolescentes que tenían, como se dice ahora, «capacidades diferenciadas» debido no solo a lesiones de origen genético, sino, sobre todo, a traumatismos neurológicos pre y posnatales prevenibles, asociados a la pobreza y a la falta de acceso a servicios de salud materno infantil. Me afectaba mucho el drama de las familias que vivían estas experiencias.
Entonces, constaté la importancia de las políticas públicas como esencia de las definiciones y acciones políticas, frente al insuficiente impacto del voluntariado asistencial. Y es que la política es el campo de acción y la vía regia para revertir problemas socioeconómicos que derivan en malestar social debido a la pobreza y la desigualdad que todavía golpea a nuestros países.
En ese momento, decidí militar en el Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), partido alineado a la socialdemocracia, cuyo Frente de Mujeres comenzó a lanzar una línea política e ideológica que reivindicaba la participación política de las mujeres, en una agenda dentro y fuera del partido. Esta dinámica de reflexión y análisis sobre la problemática de las mujeres desde una nueva perspectiva se desarrollaba a la par que la lucha por recuperar la democracia.
Me considero parte de la generación que posibilitó la conquista de la democracia, que pronto cumplirá 30 años de vigencia ininterrumpida. Una democracia que, con sus luces y sombras, explica, por un lado, el colapso del sistema de partidos —entre ellos el mío propio—, y por otro lado, los avances de este nuevo tiempo de reformas de Estado, que permiten cristalizar procesos de inclusión a la vida política de sectores antes excluidos.
Respecto a los obstáculos, no quiero mencionar los lugares comunes a los que nos remite esta respuesta. Subrayo, sin embargo, algunos. Es el caso del conflicto de roles y expectativas respecto a lo que se espera tradicionalmente de las mujeres, de dilemas existenciales, del miedo al «éxito» y a las oportunidades que me abrían un horizonte emancipador, que anhelaba y temía a la vez.
Otro aspecto inhibidor y limitativo está relacionado con el hecho de que la irrupción de las mujeres en la política coincidió con un contexto generalizado de desprestigio de la actividad política en tanto oficio y vocación. Cuestionamiento que, desde el comunitarismo y el colectivismo participativo, alcanza a la propia democracia representativa.
Otro factor limitativo del despliegue de potencialidades del ejercicio político reside en la naturaleza patriarcal y la lógica «macho» presentes en la competencia en espacios políticos poco institucionalizados, informales, en los que campea el caudillismo masculino y el prebendalismo clientelar, y en los que está arraigada una cultura política autoritaria, basada en la lógica amigo-enemigo. Las limitaciones financieras en los procesos electivos internos partidarios y en las campañas electorales colocan a las mujeres en situaciones particularmente desventajosas.
Por otra parte, debemos ser conscientes de que los errores y traspiés se pagan caro, y de que la demanda de «lealtad» absoluta tiene implicaciones particulares para las mujeres políticas. En contextos de polarización política, las mujeres son presionadas a demostrar su lealtad asumiendo roles de «disciplinamiento» a veces autoritarios, poco reflexivos, que inhiben la potencia transformadora, propositiva y democrática de su participación.
Las oportunidades las resumiré en la siguiente pregunta.
iKNOW Politics: En los últimos años, en Bolivia se han producido avances en pro de la igualdad de género que han marcado importantes precedentes a nivel internacional. ¿Podría decirnos cuáles han sido los factores más relevantes que han posibilitado estos cambios, en especial en lo que se refiere a la participación política de la mujer?
En Bolivia y en la región, a partir de la década de 1970 hasta mediados de la década de 1990 maduraron las condiciones que posibilitaron el diseño de un horizonte de transformaciones y de una agenda política de avances que las mujeres celebramos, y que tienen su mejor expresión en las disposiciones que, de manera inédita, se incorporaron en el nuevo texto constitucional y en las leyes fundamentales derivadas de este.
Con los avances democráticos como telón de fondo, estos logros responden al impacto favorable y convergente de impulsos gestados en distintos espacios. Me refiero, por un lado, a la academia, con el aporte de distintas corrientes del pensamiento teórico feminista; y por otro lado, al rol persistente de la comunidad internacional que, a nivel global, logra posicionar una agenda de reivindicaciones que se instalan en los espacios no gubernamentales y se irradian hacia el espacio estatal en distintos gobiernos.
Estos impulsos cobraron cuerpo a partir del activismo de las propias mujeres, quienes, con una mira plural, táctica y estratégica, logramos pactar e incidir de manera sostenida en torno a una agenda política de cambios que evolucionaron y avanzaron en estos últimos 15 años. Con el tiempo, este pacto inicial se fortaleció y amplió con la emergencia, el empoderamiento y la adhesión de dirigencias femeninas de organizaciones sociales de sectores populares y campesinos indígenas, que devinieron en protagonistas del proceso de reformas políticas y económicas en curso.
iKNOW Politics: El concepto de paridad en política aún no está muy extendido en América Latina. Usted ha trabajado mucho sobre el tema. Nos gustaría que nos explique por qué la paridad es fundamental y cuáles son las diferencias más relevantes con relación a otras medidas de acción afirmativas, como por ejemplo las cuotas.
El caso boliviano sorprende por los notables avances en materia normativa electoral que se registran desde 1997 hasta el 2010, año en el que, como detallaré en la siguiente pregunta, no solo concluye una fase que consolida el principio de paridad en los procesos electorales de autoridades electivas, sino que se amplía a la conformación de otros órganos del Estado
La importancia del principio de la paridad y la «equivalencia» radica en que honra y repara la histórica injusticia que excluyó y marginó a las mujeres de los procesos constitutivos del Estado boliviano. Si bien las mujeres participaron y tuvieron presencia en las luchas independentistas y en otros momentos clave como la Revolución Nacional y la conquista democrática, fueron las grandes ausentes en el tiempo en que se reorganizó y se legitimó el Estado en Bolivia. Esta exclusión de las mujeres en la configuración de los Estados modernos, que se produjo desde la propia Revolución Francesa, traicionó los principios de libertad, igualdad y fraternidad, así como la universalización de derechos ciudadanos, que comienzan a reconocerse a partir de finales del siglo XIX.
Es curioso que, en el caso boliviano, haya sido sostenido y creciente el proceso de legitimación y apropiación de este principio fundamental, como un valor compartido por la sociedad. La estrategia para lograr el reconocimiento de la paridad usó, de manera efectiva, los mismos argumentos que quienes se opusieron a la implantación del sistema de cuotas mínimas, cuando discursivamente insistían en que era injusto implantar cuotas mínimas de 30% cuando las mujeres representan al 50% de la población.
Conceptualmente, por su alcance y consecuencias prácticas en el ordenamiento y la redistribución del poder público, la paridad no es comparable con una política de acción afirmativa basada en cuotas mínimas de participación. Estas últimas constituyen medidas planteadas como transitorias, con el objeto de revertir asimetrías y desigualdades de alguna naturaleza en las oportunidades de ejercicio de distintos derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.
En cambio, la paridad es concebida como un principio de valor permanente, en tanto es garante del ejercicio pleno de los derechos políticos y otros reconocidos en la Constitución y las leyes. En términos de ingeniería electoral, las cuotas enfrentan serias limitaciones operativas para lograr resultados mínimos esperados; la mayor dificultad la impone el sistema mixto proporcional y directo de elecciones. En el caso boliviano, la implantación de las cuotas mínimas y sus resultados fue minimizada debido al impacto de la reforma electoral simultánea, que priorizó e introdujo el sistema de elección directa de algo más de la mitad de representantes del Poder Legislativo.
Entre 1997 y el año 2002, la evaluación de los resultados de la implantación de cuotas mínimas nos llevó a la convicción de que, para acelerar el proceso efectivo de participación de las mujeres, debía apuntarse a la paridad y al mecanismo de la alternancia. La paridad fue legislada por primera vez luego de la reforma constitucional de febrero del 2004, al mismo tiempo en que se promulgó la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas, al abrirse el sistema de representación a organizaciones políticas no necesariamente partidarias.
La paridad es una conquista que siempre estuvo en el horizonte de las transformaciones pendientes de incorporar en la agenda de reformas políticas y electorales vislumbradas por el movimiento de mujeres. Ahora bien, aun con la paridad, resulta difícil garantizar que los resultados electorales reflejen una presencia efectiva del 50% de mujeres en escaños titulares. El 50% se produce contabilizando los escaños correspondientes a los representantes electos alternos o suplentes, reconocidos por el ordenamiento legal en Bolivia, a los que las mujeres acceden con preferencia en el marco del sistema directo de elección uninominal.
iKNOW Politics: Siguiendo con el tema de la paridad, Bolivia es uno de los pocos países en los que está legislada. ¿En qué niveles se encuentra normativizada la paridad y cuáles son los mecanismos de sanción que prevé el marco jurídico en caso de incumplimiento?
A partir de la convocatoria a la Asamblea Constituyente, en el año 2006, el postulado de la paridad ganó terreno y creciente legitimidad social y política. Este posicionamiento tiene como desenlace la aprobación de un nuevo texto constitucional y leyes orgánicas derivadas que sientan las bases jurídicas del Estado Plurinacional con Autonomías, cuyos cuatro órganos o poderes y niveles de gobiernos territoriales subnacionales deben estructurarse sobre los principios de la paridad de género.
El siguiente es el itinerario de la implantación normativa y sus alcances:
2006: Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, Ley N.º 3364, del 6 de marzo de ese año. Establecía que en la postulación de constituyentes debía existir alternancia tanto en la lista de uninominales (lista abierta) como en la de plurinominales (listas cerradas).
2009: Constitución Política del Estado (CPE), aprobada por Referéndum Constitucional Ratificatorio y promulgada el 7 de febrero del mismo año. En el capítulo correspondiente a los Derechos Políticos, establece que «Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva». La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. En cuanto a la elección de miembros del Órgano Legislativo, se dispone que «debe garantizar la igual participación de hombres y mujeres».
2009: Ley de Régimen Electoral Transitorio, Ley N.º 4021, del 14 de abril del 2009. Señala que la participación ciudadana deberá ser equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. En su artículo noveno, establece que «Las listas de candidatas y candidatos a Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados titulares y suplentes; a Asambleístas Departamentales, Consejeros Departamentales, Concejales Municipales y autoridades en los municipios deberán respetar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, de tal forma que exista un candidato titular varón seguido de una candidata titular mujer, una candidata mujer suplente y un candidato suplente varón o viceversa. En el caso de diputaciones uninominales, la alternancia se expresa en diputados titulares y suplentes en cada circunscripción».
2009: Conforme a lo establecido en la CPE desde enero del año 2010, se aplica el criterio de paridad de género para la conformación del gabinete ministerial; el responsable de la designación ministerial es el Presidente o Jefe de Estado.
2010: Las leyes estructurales de los órganos Electoral y Judicial del Estado Plurinacional establecen la composición igualitaria y paritaria de hombres y mujeres. Se aplica el principio de equivalencia de género e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para el ejercicio de sus derechos tanto individuales como colectivos.
Es en la Ley del Órgano Electoral que se hace explícito el postulado electoral de paridad y alternancia en los siguientes términos: «Consiste en la aplicación obligatoria de la paridad y alternancia en la elección y designación de todas las autoridades y representantes del Estado; en la elección interna de las dirigencias y candidaturas de las organizaciones políticas; y en la elección, designación y nominación de autoridades, candidaturas y representantes de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos mediante normas y procedimientos propios».
En la Ley del Órgano Judicial, en el capítulo correspondiente a la postulación y preselección de candidatos a los máximos institutos del Órgano Judicial, se establece que «La Asamblea Legislativa Plurinacional, por el voto de dos tercios de sus miembros presentes, realizará la preselección de las y los postulantes, habilitando hasta cincuenta y cuatro precalificados, por circunscripción departamental, para el Tribunal Supremo de Justicia; para el Tribunal Agroambiental, habilitará hasta veintiocho precalificados, por circunscripción nacional, en ambos casos la mitad de personas precalificadas deberán ser mujeres; y remitirá las nóminas al Órgano Electoral Plurinacional. En ambos casos se respetará la interculturalidad y equivalencia de género».
En todos los casos de designación de vocales y jueces se garantizará la equivalencia de género y la plurinacionalidad.
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización establece el marco normativo correspondiente a la estructuración de los gobiernos subnacionales del Estado con Autonomías. Es coherente con el postulado de paridad. Obliga a que los regímenes estatutarios departamentales y las cartas orgánicas de los municipios autónomos se adecúen a los principios constitucionales, y el sistema electoral facilite la inclusión del principio de paridad.
Los sistemas electorales subnacionales han privilegiado las candidaturas de elección directa uninominal, lo cual disminuye la posibilidad de acceso de las mujeres a escaños titulares.
Algunas cifras resultantes de la implantación de la paridad en Bolivia son las siguientes:
En el Órgano Legislativo: Las mujeres ocupan el 23% de los escaños titulares de la Cámara de Diputados y el 44% de los escaños de la Cámara de Senadores. En las asambleas departamentales, las mujeres tienen una presencia del 28% en los escaños titulares. A la fecha, ambas cámaras legislativas están presididas por mujeres.
En el Órgano Electoral: Se cumple con la paridad según lo dispuesto en la ley respectiva. Destaca una participación mayoritaria de vocales electorales mujeres como presidentas tanto del Tribunal Nacional como de los nueve tribunales departamentales.
En el Órgano Judicial: Se cumplió con el principio de paridad. En el Consejo de la Magistratura, dos de cinco titulares son mujeres. En el Tribunal Agroambiental, tres de siete magistrados son mujeres. En el Tribunal Constitucional, cuatro de siete magistrados titulares son mujeres. Y en el Tribunal Supremo de Justicia, tres de nueve magistrados son mujeres; se cumple con la paridad en los espacios correspondientes a suplencias.
En el Órgano Ejecutivo: Desde el año 2010, el gabinete ministerial tuvo momentos en los que las mujeres ocuparon el 50% de los ministerios. Últimamente, se observó una disminución en esta composición; sin embargo, las mujeres ocupan carteras de Estado relevantes, como las de Comunicaciones, Justicia, Planificación, Producción, Autonomías, Transparencia y Agricultura.
iKNOW Politics: En mayo del 2012, finalmente se aprobó la ley boliviana referida el acoso y la violencia contra la mujer en la política. ¿Cuáles son los puntos más resaltantes y positivos de esta ley? ¿Cuáles son los retos para lograr su implementación?
La Ley contra el Acoso y la Violencia Política, Ley N.º 243, define y sanciona los actos de acoso y la violencia política contra las mujeres como delitos y faltas. Entre estos actos, se reconocen los siguientes:
- Proporcionar a las mujeres candidatas o autoridades información errada o imprecisa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones.
- Imponer, por estereotipos de género, la realización de tareas ajenas a las atribuciones de su cargo.
- Impedir que mujeres designadas o electas titulares o suplentes asistan a sesiones en las cuales se tomen decisiones importantes.
- Divulgar información personal y privada de las mujeres candidatas, electas, designadas, con el objetivo de menoscabar su dignidad y obtener, contra su voluntad, la renuncia o licencia al cargo que ejercen o postulan.
- Presionar a las autoridades o inducirlas a la renuncia, u obligarlas, mediante la fuerza o la intimidación, a suscribir documentos y/o a avalar decisiones contrarias a su voluntad o al interés público. Discriminarlas por cualquier razón como embarazo, idioma, vestimenta, grado de instrucción o apariencia.
La Ley contra el Acoso y la Violencia Política define los mecanismos para denunciar y tratar estos casos. Establece la vía administrativa y la penal, de acuerdo con la gravedad de los hechos.
- En la vía administrativa, se contemplan sanciones para faltas leves, graves y gravísimas. Estas van desde la amonestación hasta los descuentos de salario y la suspensión temporal sin goce de haber hasta por 30 días.
- En la vía penal, la sanción contempla la pena privativa de libertad de dos a cinco años en casos de acoso, y de tres a ocho años en casos de violencia política (agresiones físicas y psicológicas).
Asimismo, esta ley establece las responsabilidades que tienen tanto las instancias públicas como las organizaciones sociales y políticas en el campo de la prevención y sanción de diversas formas de acoso y violencia política contra las mujeres, que se encuentran tipificadas.
Lo relevante es que, luego de 11 años de avances y retrocesos en el tratamiento de esta norma, aprendimos muchas lecciones que deberían tomarse en cuenta en el futuro. La primera está relacionada con el impacto dilatorio que tiene la polarización política y los posicionamientos personalistas para el avance de una agenda política mínima de las mujeres. Otra lección hace referencia a los procesos consultivos redundantes, que hacen del proceso legislativo y de la propia ley un producto overcooked (sobrecocido), desperdiciando una energía que bien podría orientarse hacia su socialización y al cabildeo imprescindible para concretar su reglamentación y su aplicación efectiva. Por ello, es necesario reenfocar las estrategias de incidencia, colocando el acento en los eslabones débiles de la gestión pública y del conjunto de instituciones involucradas en su cumplimiento, especialmente las del órgano judicial.
iKNOW Politics: Las buenas alianzas y las redes son muy importantes en la política. iKNOW Politics es tanto una red como un recurso para otras redes. ¿Qué tipo de papel han desempeñado las alianzas y redes en su carrera?
Los pactos o alianzas fueron, son y serán un factor clave para el despliegue de una estrategia de incidencia exitosa. En efecto, el primer paso fue la articulación de un conjunto de mujeres políticamente plurales, parlamentarias, militantes de los partidos políticos e integrantes de organizaciones no gubernamentales (ONG). En un primer momento, la articulación se generó en torno al Foro Político de Mujeres, y gracias al apoyo y el liderazgo de las mujeres que conducían la por entonces Subsecretaría de Asuntos de Género en los ámbitos nacional y subnacional.
Fue en el entramado de esta red donde se formuló, concertó y monitoreó una agenda legislativa mínima de reformas legales y políticas, originalmente no contempladas ni priorizadas por los núcleos de dirigentes y operadores políticos —masculinos— del sistema político. El movimiento ganó presencia a nivel nacional, hasta visibilizarse como una fuerza unitaria y vigorosa antes, durante y después del proceso de reformas constitucionales que cerraron el ciclo virtuoso de este pacto, que considero exitoso pero agotado. Es un pacto que deber ser renovado para encarar los nuevos desafíos que plantean estas conquistas en el orden normativo.
Desde la experiencia boliviana y desde mi propia perspectiva, puedo afirmar que las alianzas y redes son una condición imprescindible para generar estrategias exitosas.
Dada la importancia de la acción coordinada, y a partir de la experiencia boliviana, resumo algunos criterios que se deben tomar en cuenta como referencia imprescindible para el éxito de estas agendas concertadas, en el marco de las alianzas y redes que se constituyen..
- Los pactos y alianzas no necesariamente son permanentes, sino que se agotan y se cierran ciclos. Deben renovarse planteándose nuevos retos y desafíos.
- Son importantes el pluralismo y la apropiación colectiva de los acuerdos y logros. Ello obliga a evitar protagonismos o la instrumentación unilateral de personas o grupos que malogran el clima de relaciones políticas al interior de estas coaliciones y redes.
- Los avances de las mujeres contaron con un núcleo de conducción y activistas a quienes se les encomendó la planificación de los procesos de negociación, la elaboración de la fundamentación técnica y política de las propuestas, su socialización, así como el diseño de acciones colectivas de incidencia, creativas y sostenidas, en diferentes fases del proceso.
- En términos de escala, se trató de la acción de una minoría efectiva, constituida por mujeres diversas. Fue clave el rol que jugaron parlamentarias y constituyentes, y el apoyo especializado de redes de ONG comprometidas con esta agenda. Es el caso de la Coordinadora de la Mujer, de Articulación de Mujeres por la Equidad e Igualdad (Amupei) y otras redes ya constituidas que cuentan con trayectoria y recursos financieros para sustentar estas acciones.
- Las agendas políticas de incidencia no deben ser ampulosas ni imposibles de realizar. Deben ser concretas, claras, amigables en su procesamiento y accesibles para ser acogidas por los centros de decisión política, a veces reticentes a las demandas de igualdad de las mujeres. Los avances se debieron al sentido pragmático, realista y no «maximalista» que se asumió a lo largo del proceso.
- Es imprescindible identificar y contar con aliados y operadores conectores —mujeres y hombres— en los distintos bloques de decisión política, así como en los medios de comunicación.
iKNOW Politics: ¿Cómo le gustaría ser recordada? ¿Qué tipo de legado desea dejar, especialmente en lo que se refiere a la promoción de las mujeres en política?
Como parte de una generación política de mujeres que abrió brecha y dejó algunas huellas en la construcción de la democracia y en su fortalecimiento a partir de la inclusión de las mujeres. Como alguien que, en este empeño, cometió errores y tuvo aciertos, y que, ante todo, actuó de buena fe y resistiéndose a caer en prácticas autoritarias y deshonestas, tan frecuentes en la cultura política.
Si bien no siempre se valora y se visibiliza el legado legislativo en el que participé activamente, yo atesoro algunas leyes y procesos impulsados que demandaron creatividad y mucha dedicación. Destaco las leyes de Municipalidades, de Diálogo Nacional, de Partidos Políticos, de Merienda Escolar e Institucional, y de Fomento de la Producción Local Alimentaria. En todas ellas, se pensó en los beneficios directos e indirectos para mejorar las condiciones de vida de las mujeres en el campo y la ciudad.
Quiero ser recordada como fundadora del Centro de Promoción de la mujer Gregoria Apaza, ONG que el próximo año cumplirá 30 años de vida y goza de reconocimiento local, nacional e internacional. Como impulsora de la Coordinadora de la Mujer y del Foro Político de Mujeres, que en determinado momento asumió un papel protagónico en la definición de estas conquistas ya logradas.
Ojalá se reconozca que, pese a haber cerrado un ciclo de activismo político, persisto en el empeño de compartir experiencias con la nueva generación de lideresas. Intento reinventarme como persona, y estoy abierta a conocer y comprender nuevas realidades y desafíos. Ello implica hacer el esfuerzo de no refugiarme nostálgicamente en el pasado.
En fin, modestia aparte, me gustaría ser recordada como alguien que no conoce la palabra jubilación cuando se trata de luchar y asumir un rol activo en causas justas y democráticas que nos siguen inspirando.