Pasar al contenido principal

La libertad de expresión no incluye violencia política digital contra mujeres

World News

Submitted by Editor on
Back

La libertad de expresión no incluye violencia política digital contra mujeres

Source: El Frente

El pronunciamiento fue hecho por la Sala Segunda de Revisión, integrada por la magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, quien la preside. El caso revisado involucró a un periodista que interpuso una tutela contra una congresista indígena de la comunidad Wayuu, representante a la Cámara por la circunscripción internacional, quien lo bloqueó de sus redes sociales oficiales en X y Facebook.

El comunicador alegaba que la decisión de la representante vulneraba sus derechos a la libertad de expresión, al acceso a información pública y a la participación política. Por su parte, la congresista argumentó que el bloqueo fue una medida necesaria para protegerse de agresiones verbales y ataques de género reiterados.

La Corte encontró que existía una tensión entre derechos fundamentales, al enfrentar la libertad de expresión y el acceso a la información con la dignidad, la igualdad y el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. Tras analizar las publicaciones del periodista, la Sala identificó expresiones que calificó como violencia de género digital, dirigidas a una mujer indígena que ejerce un rol político.

Artículo completo publicado por El Frente

Imagen por El Frente

 

Noticias
https://elfrente.com.co/la-libertad-de-expresion-no-incluye-violencia-politica-digital-contra-mujeres-2/

El pronunciamiento fue hecho por la Sala Segunda de Revisión, integrada por la magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, quien la preside. El caso revisado involucró a un periodista que interpuso una tutela contra una congresista indígena de la comunidad Wayuu, representante a la Cámara por la circunscripción internacional, quien lo bloqueó de sus redes sociales oficiales en X y Facebook.

El comunicador alegaba que la decisión de la representante vulneraba sus derechos a la libertad de expresión, al acceso a información pública y a la participación política. Por su parte, la congresista argumentó que el bloqueo fue una medida necesaria para protegerse de agresiones verbales y ataques de género reiterados.

La Corte encontró que existía una tensión entre derechos fundamentales, al enfrentar la libertad de expresión y el acceso a la información con la dignidad, la igualdad y el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. Tras analizar las publicaciones del periodista, la Sala identificó expresiones que calificó como violencia de género digital, dirigidas a una mujer indígena que ejerce un rol político.

Artículo completo publicado por El Frente

Imagen por El Frente

 

Noticias